Plan de Convivencia

 

PLAN DE CONVIVENCIA COLEGIO MARÍA ZAMBRANO

 

 

 

INDICE

 

1. DIAGNÓSTICO

    Características del centro y su entorno

-Ubicación

-Accesos

-Horarios

-Recursos Materiales y Humanos

-Características comunidad educativa

-Situación de Convivencia: Tipos de conflictos más frecuentes

-Actuaciones desarrolladas por el centro ante situaciones conflictivas

-Relación con las familias e instituciones

-Experiencias y trabajos previos en relación con la convivencia

-Necesidades de formación y recursos

 

 

 

2. OBJETIVOS Y ACTITUDES QUE SE PRETENDEN FAVORECER

 

 

3. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

Normas Internas de convivencia

-Sobre asistencia a clase y justificación de faltas

-Sobre el recreo y otros periodos de descanso.

-Sobre el aprovechamiento y la actitud del alumnado.

-Sobre el material y el mantenimiento de las instalaciones

.Sobre otros aspectos de la convivencia.

La disciplina y normas correctoras

-La disciplina y las faltas de disciplina

-Clasificación de las faltas

 

 

4. COMISIÓN DE CONVIVENCIA

 

 

 

5. MECANISMOS PARA  LA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN

 

 

 


1. DIAGNÓSTICO

 

 CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO

 

La denominación del Centro es C.C. María Zambrano, en régimen de cooperativa. Consta de una sola línea abarcando tres unidades de Educación Infantil (2º ciclo), seis unidades de Primaria, cuatro unidades de Secundaria y una aula de Apoyo a la Integración.

            El Centro, dentro del ámbito de la Comunidad  Autónoma Andaluza, fija su domicilio en Dos Hermanas (Sevilla), calle Alarifes 16, ubicado en una zona urbana con un nivel socio-cultural medio-bajo.

            Los habitantes de esta zona pertenecen  a la clase trabajadora, donde predominan los trabajos sin titulación académica, siendo una minoría la que presenta estudios superiores.

            El centro surge como una necesidad de un grupo de profesores en relación a ejercer su actividad docente y por la necesidad de un nuevo centro escolar en una zona con carencias de plazas escolares y pocos recursos.

            Conocido el ámbito económico y social de la zona, se plantea como Centro Concertado con la Junta de Andalucía.

            En el transcurso del tiempo, el centro se ha ido adaptando tanto a las nuevas legislaciones educativas, como al desarrollo de la zona, ampliando su oferta educativa, creando nuevos puestos de trabajo, ampliando y adaptando sus instalaciones.

 

Condiciones  socioeconómicas  de  la  población:

 

            Nuestro centro está ubicado en la barriada denominada “El Garabato”. Dicha barriada se encuentra al sur de la localidad de Dos Hermanas, distrito II, sección 8ª, según consta en el plan de ordenación de esta localidad.

 

            Las barriadas limítrofes son las siguientes: Bda. Costa del Sol, Bda. Los Montecillos, Dña. Mercedes, El Palancar, Ciudad Blanca, Virgen del Carmen y Virgen del Valme.

 

            El índice aproximado de habitantes de estas barriadas próximas es de 20.000 habitantes actualmente.

 

            Las condiciones socioeconómicas oscilan entre las clases media-baja y baja.

 

            El tipo de vivienda predominante es el de Protección Oficial, aunque también existen de promoción pública atendiendo prioritariamente a población con carencias socioeconómicas graves (Los Montecillos), casas adosadas, pisos y parcelas.

 

 

La media de hijos por familia viene a ser de 2, y en edad escolar generalmente, aunque cada vez se nos van dando numerosos casos de familias con un solo hijo y familias separadas.

 

Horarios

 

El centro abre sus puertas de Lunes a Viernes con el siguiente horario  (ver cuadro)

 

 

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Jornada

8:00-14.30

8:00-14.30

8:00-14.30

8:00-14.30

8:00-14.30

 

 

A continuación especificamos los horarios de la jornada académica, diferenciando por etapas:

 

Educación Infantil y Primaria

 

 

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Mañana

9:00-14:00

9:00-14:00

9:00-14:00

9:00-14:00

9:00-14:00

 

 

 

 

 

 

 

Educación Secundaria

 

 

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Mañana

8:00-14:30

8:00-14:30

8:00-14:30

8:00-14:30

8:00-14:30

 

Todo el alumnado accede al centro por la puerta ubicada en la calle Manijeros.

 

Recursos Materiales:

 

El Colegio María Zambrano cuenta con un edificio de 2  plantas en el que se concentran las actividades académicas con la siguiente disposición:

 

PLANTA BAJA: existen dos alas. El ala izquierda está dotada con dos aulas de Infantil, biblioteca, aula de informática, taller de tecnología, sala de profesores, dirección, secretaría, sala de recursos (fotocopiadora, material fungible, teléfono,..) En el ala derecha se ubican dos aulas de educación primaria (concretamente las de 1º ciclo), una aula de educación infantil, el comedor y cocina.

 

PLANTA SUPERIOR: existen también dos alas. El ala de la izquierda está dotada con 4 aulas de educación primaria (3º, 4º, 5º y 6º), la sala de audiovisuales, el laboratorio, el aula de Música, el Aula de Apoyo a la Integración. En el ala de la derecha se ubican todas las aulas de educación secundaria y una tutoría destinada para el AMPA.

 

EXTERIOR: Se localizan tres pistas en albero aptas para futbito, una cancha de baloncesto-voleiyball, zona de juegos infantiles, gimnasio cubierto y jardines de acceso.

 

Recursos Humanos:

 

El profesorado del centro está formado por 15 profesores socios cooperativistas y 6 profesores contratados. Según sus titulaciones y su ubicación en el centro nos encontramos con:

Cuatro titulados en Educación Infantil ubicados en las aulas de 3, 4 y 5 años y una profesora de apoyo a Infantil.

Cinco profesores diplomados como Profesores de EGB, que desarrollan su actividad docente exclusivamente en la etapa de Educación Primaria.

Cuatro profesores diplomados como Profesores de EGB, que desarrollan su actividad docente tanto en Educación Primaria como en Educación Secundaria.

Una profesora Diplomada en Educación Especial que desarrolla su actividad como especialista en Pedagogía Terapéutica.

Siete profesores licenciados que desarrollan su actividad docente en Educación Secundaria.

 

            A lo largo del presente curso escolar se contará con la presencia de otros profesionales según el área que queramos desarrollar (Psicólogo, Logopeda, ATS, monitoras, etc.)

Características comunidad educativa

 

 El alumnado y familias

 

El alumno tipo vive con sus padres y, en numerosos casos pasa mucho tiempo con sus abuelos, en casa propia y con sitio particular para estudiar. Sus padres trabajan fuera del hogar generalmente.

El nivel de estudios de los padres en la mayoría de los casos es primario. Casi en la mitad de los domicilios se dispone de ordenador y se utilizan los libros disponibles, aunque no existe hábito de lectura.

Los hijos no suelen  colaborar en las tareas domésticas y tienen como actividades extraescolares el deporte, salir con los amigos, ver la televisión y jugar con los videojuegos.

Mientras, las aficiones de los padres son la caza, la pesca los deportes (fútbol, ciclismo...)

El alumno tipo dedica un promedio de dos horas y media a realizar las actividades escolares, sin dedicar tiempo al estudio (exactamente el mismo que a ver la televisión), sus padres suelen ayudar en este trabajo hasta que llegan a la etapa de secundaria en la que cada vez son más los que optan por pagar a un profesor particular (en general, por falta de formación).

La adaptación escolar de los alumnos del Centro es buena. La opinión que merecen los profesores a los alumnos es buena en la gran mayoría de los casos y se encuentran a gusto con los compañeros de clase.

Los motivos por los que los alumnos vienen a este Centro son fundamentalmente proximidad, el servicio de comedor, el horario y que la plantilla del profesorado es en su mayoría fija debido al carácter de cooperativa del centro.

Las familias manifiestan su conformidad  con las instalaciones aunque siempre son mejorables y siempre que se puede se van mejorando.

Los padres conceden gran importancia a las reuniones Centro – Familia a las cuales suelen asistir en un 90%.

Las familias están asociadas a través del AMPA “AZADE” a través de la cual tienen estrecha colaboración con el centro.

Los padres en general suelen  valorar que el alumnado adquiera muchos conocimientos, que tengan buenas calificaciones y que sean solidarios con sus semejantes.

Las familias que tienen hijos/as en niveles inferiores suelen implicarse más en su proceso educativo  manteniendo una comunicación más fluida e interesada con los profesores tutores.

 

Situación de Convivencia: Tipos de conflictos más frecuentes

 

Después de veintiún años de funcionamiento podemos afirmar que en nuestro Centro no han habido graves problemas de convivencia.

 

El clima del Centro es positivo y el sistema de relaciones, tanto dentro de los diferentes sectores de la Comunidad educativa (profesores, alumnos y AMPA), como entre ellos (profesores-alumnos, profesores-AMPA., AMPA-alumnos), es correcto y respetuoso.

 

El tipo de conducta problemática más frecuente y que corresponde generalmente al alumnado de los niveles de la ESO, tiene que ver con incumplimientos de deberes referidos a su falta de responsabilidad de su trabajo diario. Estos comportamientos se enmiendan fundamentalmente con el diálogo y con la aplicación de las correcciones que el ROF contempla para estos casos.

 

De forma aislada han aparecido casos de alumnos con comportamientos disruptivos en

el aula, que impedían que la clase se desarrollara con normalidad, interrumpiendo al profesor. Son alumnos, por otra parte, que en general no han mostrado interés alguno por las materias impartidas, en muchas ocasiones no traían el material necesario a clase, han repetido curso alguna vez a lo largo de su escolaridad, presentaban trastornos de aprendizaje y acumulaban un significativo retraso escolar.

La edad de estos alumnos suele estar entre los 14 y 16 años, y, por lo general, esperan

alcanzar la edad que les permita abandonar la enseñanza obligatoria. Los padres de estos

alumnos no han comunicado que sus hijos, casi en todos los casos, presentan una conducta

problemáticas en sus casas.

 

Los profesores manifiestan mayoritariamente que el comportamiento de nuestros

alumnos es, habitualmente, bueno y respetuoso. Se encuentran a gusto en el Centro.

Las conductas más reprobadas por el profesorado son las que tienen que ver con los alumnos que demuestran poco interés por sus clases, que no trabajan, que no traen el material necesario, que no prestan atención o /y distraen a sus compañeros, interrumpiendo la marcha normal de la clase. Dan una importancia especial al comportamiento del alumno que supone falta de respeto al profesor, cuando ésta se acompaña de un enfrentamiento público y puede implicar menoscabo de la autoridad del profesor ante el resto de los compañeros.

También se concede importancia especial a las conductas que supongan discriminación, racismo o xenofobia, especialmente ahora que están matriculándose en nuestro Centro alumnos procedentes de otros países.

A las familias les preocupa principalmente aquellos procederes de los alumnos que interfieran en el proceso de enseñanza – aprendizaje de sus hijos, que impiden que las clases se desarrollen en las mejores condiciones y no puedan aprovecharse debidamente.

Los alumnos conceden importancia principal a que se respeten sus pertenencias y a que el comportamiento de los compañeros no dificulte que las clases puedan impartirse con normalidad.

 

Actuaciones desarrolladas por el centro ante situaciones conflictivas

Relación con las familias e instituciones

 

Nuestra comunidad educativa, reseña la necesidad de desarrollar estrategias educativas que permitan mejorar el respeto mutuo, el diálogo, la colaboración, la solidaridad, el orden y la disciplina. Por ello se formulan los siguientes principios básicos con el objetivo que permitan mejorar la convivencia dentro del centro.

 

Asegurar el orden interno en grado óptimo los objetivos educativos de nuestro Centro divulgar e implantar entre todos los miembros de la comunidad educativa el ROF, especialmente los artículos referidos a las normas internas de convivencia, disciplina, descripción, calificación de faltas, y procedimientos de corrección de las conductas que se incumplen.

 

Concienciar a todos los miembros de la comunidad educativa de la necesidad de conocer y respetar los derechos y deberes de los/las alumnos/as, los profesores y el AMPA.

 

Potenciar dentro del plan de acción tutorial todas aquellas actividades que favorezcan el orden, la disciplina, el respeto mutuo, entre los que acaba de destacar la elaboración y el seguimiento de las normas específicas del grupo clase.

 

Desarrollar el interés por el trabajo cooperativo y solidario, fomentando el trabajo en equipo frente al individualismo.

 

Potenciar las situaciones en las que el/la alumno/a pueda participar en la organización de tareas y de distintos aspectos de la vida del centro.

 

Mantener el profesorado una línea de trabajo uniforme y sistemática en el tratamiento del orden y  la disciplina

 

Potenciar la colaboración familiar a través de intercambio constructivo de información que permitan construir canales de comunicación fluidos para alcanzar objetivos comunes en el cumplimiento de las normas que aseguren el correcto funcionamiento del centro.

 

Un papel muy importante en este aspecto lo protagoniza el plan de acción tutorial, en el que se enfatiza en actividades con los/las alumnos/as orientadas a trabajar las habilidades sociales, para fomentar la convivencia, participación e integración del/la alumno/a en la vida del centro.

 

La comisión de convivencia evaluará a través de los informes emitidos por los tutores la convivencia en el centro. Posteriormente se informará al claustro de profesores y Consejo Escolar de la convivencia en el centro. 

 

Relación con las familias y la comunidad

Las familias se relacionan con el Centro fundamentalmente a través de los tutores, quienes

convocan a los padres, bien colectivamente, al menos una vez al año y a principio de curso,

bien individualmente, a lo largo del mismo.

 

Existe una Asociación de Madres y Padres de Alumnos, cuya Junta Directiva mantiene

un estrecho contacto con la Dirección del Centro y ambos organismos cooperan para todo lo

que mutuamente se solicitan.

 

 Se ha habilitado un tablón de anuncios destinado exclusivamente a las familias de los alumnos.

De cualquier asunto significativo que tenga que ver con la conducta de un alumno, los padres tienen inmediato conocimiento, bien por escrito o por teléfono. La respuesta de las familias a este respecto es, en general, pronta, receptiva y de colaboración.

Hasta el momento y quizás por las características propias del centro la relación con las familias es bastante fluida y continua a través de todo el profesorado del centro.

 

Experiencias y trabajos previos en relación con la convivencia

 

1. Debates en clase sobre la conveniencia de que exista un ROF que establezca unas normas que aseguren el correcto funcionamiento del Centro.

 

2. Elaboración y seguimiento de normas específicas para el grupo-clase que impliquen en su observación a los alumnos y a los profesores de los mismos.

 

3. Cumplimiento de las normas internas de convivencia y aplicación de las correcciones que de su incumplimiento se deriven.

 

4. Campañas de limpieza del patio y otras dependencias con participación de alumnos y profesores.

 

5. Divulgación del ROF entre alumnos, padres y profesores.

 

6. Actividades dirigidas a los alumnos dentro del Plan de Acción Tutorial, referidas a habilidades sociales, fomento de la convivencia, integración y participación de los alumnos en la vida del Centro.

 

7. Énfasis especial en atajar cualquier manifestación xenófoba o racista que pueda darse en el Centro.

 

8. Revisión del ROF abierta a todos los sectores de la Comunidad Educativa.

Creación de una comisión para el seguimiento de esta revisión. Modificación de

dicho Reglamento aprobado por el Consejo Escolar.

 

9. Talleres anuales sobre Desarrollo de la Inteligencia  y  Crecimiento Personal para los alumnos de Secundaria según nuestro Modelo Educativo “ La Pentacidad “

 

10. Participación, en los Proyectos Espacios de Paz y Preparación de Mediadores para resolución de conflictos, de todo el centro.

 

 Necesidades de formación y recursos

 

La convivencia es una preocupación constante por eso el profesorado participa rotativamente en cursos,  ponencias, jornadas… sobre este tema para establecer  estrategias  comunes de actuación que nos permitan  saber cómo intervenir en los casos de conflictos que se presenten  para evitar confundir a los alumnos y reforzar los mensajes constructivos sobre sus conductas.

 

Dada la continuidad de los profesores en nuestro Centro, es muy factible cualquier proyecto que se plantee y por ello los beneficios que ello repercute. Aunque todo el profesorado lleva trabajando muchos años en el tema de la convivencia creemos  positivo que los profesores y el alumnado  sigan realizando el curso de mediadores de forma progresiva.

 

 

 

 

2. OBJETIVOS Y ACTITUDES QUE  SE  PRETENDEN  FAVORECER

 

 

Los principios básicos que se explicitan en el Proyecto Educativo son:

 

 

El Plan de Convivencia de nuestro Centro tiene como objeto promover y desarrollar actuaciones relativas al fomento de la convivencia.

 

Pretendemos con él desarrollar adecuadamente las relaciones entre todos los componentes de nuestra comunidad educativa.

Deseamos favorecer la resolución pacífica y educativa de los conflictos que se presenten.

 

Priorizaremos aquellas actuaciones preventivas destinadas al conocimiento previo de los derechos y deberes de todos los miembros de la comunidad educativa y de las normas necesarias para una convivencia pacífica y respetuosa. Para ello utilizaremos el Plan de Acción Tutorial, los Boletines Informativos para las Familias, entre otras acciones para su divulgación e interiorización.

 

Implicamos a todos los sectores de la comunidad educativa (profesores, padres, alumnos, AMPA) en la difusión, aplicación y seguimiento del Plan de Convivencia, con el fin de evitar incoherencias en las actuaciones para reforzar conductas positivas.

 

Estos principios básicos se concretan en los siguientes objetivos:

 

1. Desarrollar una intervención preventiva como medio para lograr un buen clima de convivencia.

 

2. Cimentar las relaciones personales en el respeto mutuo, la comprensión, la solidaridad y la interiorización de las normas de convivencia.

 

3. Reducir al mínimo las conductas disruptivas que perturban el clima de clase para evitar la conflictividad y disminuir las conductas más graves.

 

4. Priorizar la resolución de los conflictos de manera formativa mediante la negociación y el esfuerzo conjunto del profesor y los alumnos.

 

5. Actuar ante los conflictos actuales, siempre que sea posible, de manera proactiva, es decir, como un medio positivo y constructivo para la prevención de un conflicto futuro.

 

6. Proceder ante los problemas de conducta siguiendo unos principios de actuación coherente que orienten las intervenciones de todos los profesores, evitando contradicciones que desorienten a los alumnos.

 

7. Analizar las causas de las conductas disruptivas y procurar resolverlas como paso previo para solventar problemas de convivencia.

 

8. Utilizar las medidas correctivas como último recurso para solucionar los problemas de convivencia, y sólo cuando las estrategias motivacionales y educativas no hayan dado resultado o la no intervención pueda generar males mayores.

 

Las actitudes que se pretenden favorecer son las siguientes:

 

1. Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las orientadas al desarrollo de los currículos.

 

2. Seguir las directrices del profesorado respecto a su educación y aprendizaje.

3. Asistir a clase con puntualidad.

 

4. Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del centro.

 

5. Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en al consecución de un adecuado clima de estudio en el centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación.

 

6. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales.

 

7. Respetar la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa.

 

8. No discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquiera otra circunstancia personal o social.

 

9. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro educativo.

 

10. Conservar y hacer buen uso de las instalaciones del centro y de los materiales didácticos y respetar las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

 

En nuestro Reglamento de Régimen Interior, en el apartado dedicado a los alumnos, después de indicar los derechos y deberes, se establecen las normas internas de convivencia, se describen y clasifican las faltas de disciplina, se informa de las correcciones estipuladas para cada una de ellas y quiénes son competentes para corregirlas.

A lo recogido ROF. nos acogeremos como procedimiento específico que garantice un marco de convivencia idóneo para que los derechos de todos sean respetados y el proceso de enseñanza – aprendizaje pueda desarrollarse en un clima adecuado.

 

            NORMAS INTERNAS DE CONVIVENCIA

 

. Sobre asistencia a clase y justificación de faltas

A) Los alumnos asistirán con puntualidad a clase como medio indispensable de su formación humana y académica.

 

B) Todos los profesores anotarán los retrasos y las faltas de asistencia de los alumnos, sean o no justificados, en los partes de faltas establecidos al efecto.

 

C) Los alumnos justificarán sus faltas en un plazo máximo de tres días desde su incorporación a las clases, entregando el justificante al tutor.

 

D) La acumulación de tres faltas leves por inasistencia no justificada dará lugar a una falta grave, y al alumno correspondiente se le aplicarán las correcciones establecidas en el presente Reglamento para este tipo de faltas.

 

E) La valoración de los justificantes de las faltas enviadas por los padres las realizará el Tutor y/o el Jefe de Estudios. En caso de solicitar la realización de un examen no hecho por no haber asistido a clase, deberá presentarse justificante médico o documento de garantía suficiente.

 

F) En ausencia del profesor, los alumnos permanecerán en el aula esperando las instrucciones del profesor sustituto.

 

Sobre el recreo y otros periodos de descanso

A. Ningún alumno podrá abandonar injustificadamente el Centro durante las horas lectivas.

 

B. Los alumnos de ESO no pueden abandonar el Centro durante las horas del recreo. El abandono del Centro sólo podrá ser justificado por un miembro del Equipo Directivo.

 

C. Durante las horas de clase los alumnos no deberán salir del aula, en casos excepcionales es el profesor correspondiente quien concederá permiso para hacerlo.

 

D. Cuando un profesor tenga examen, todos los alumnos permanecerán en el aula hasta el final de la clase.

 

E. Durante los recreos los alumnos no podrán permanecer en las aulas ni en los pasillos. En caso de inclemencias climatológicas permanecerán en las aulas con sus profesores.

 

 

 

 

 

 

Sobre el aprovechamiento y la actitud del alumnado

A. El control de aprovechamiento y actitud del alumnado se comunicará en el boletín de calificación escolar, después de cada evaluación.

 

B. Los padres tendrán derecho a recabar información sobre el rendimiento y actitud de su hijo a través de su profesor tutor. Asimismo deberán acudir a cuantas reuniones se les convoque al efecto.

 

C. Los profesores tutores, de acuerdo con la Jefatura de Estudios y con el departamento de Orientación, podrán convocar en cada periodo de evaluación reuniones de profesores y alumnos para analizar y comentar incidencias académicas o de convivencia.

 

Sobre el material y el mantenimiento de instalaciones

A. Los alumnos, profesores y demás miembros de la Comunidad Educativa procurarán contribuir eficazmente al mantenimiento de la limpieza, cuidado y embellecimiento de las instalaciones y material del Centro. Cualquier desperfecto o daño material de las instalaciones producido por negligencia o de forma intencionada, será motivo de restauración y comportará la sanción

correspondiente.

 

B. Los responsables de los desperfectos producidos en las instalaciones, material o mobiliario por negligencia, mala intención o  por uso indebido así como de sustracciones de material serán sancionados, exigiéndose la reposición o las reparaciones precisas, incluso económicas, a que hubiera lugar. En último termino, será responsable de los daños y se hará cargo de la sanción el grupo, curso o sector de alumnos donde se produzca los daños, salvo constancia del responsable o responsables de los desperfectos o sustracciones.

 

C. Los pasillos y demás dependencias del centro deberán mantenerse limpios haciendo uso correcto de las papeleras. Quedan prohibidas todo tipo de pintadas.

 

Sobre otros aspectos de la convivencia

A. El recinto del Centro está reservado a los alumnos matriculados en el mismo, por lo tanto no se permitirá la entrada de personas ajenas al mismo a no ser que vengan a realizar gestiones que tengan que ver con el funcionamiento del Centro.

 

B. Queda prohibido traer teléfonos móviles, utilizar alarmas sonoras de relojes y otros sonidos que perturben el curso normal de las clases. Estos aparatos podrán ser incautados y depositados en Secretaría hasta la recuperación de los mismos por los padres o tutores.

 

C. No está permitido mascar chicle o comer en la clase.

 

D. Como establece el Real Decreto 192/1998 de 4 de marzo de 1998, está rigurosamente prohibido fumar en cualquier dependencia del Centro.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La disciplina y las normas correctoras

 

A. La disciplina y las faltas de disciplina

 

1. La disciplina se concibe como un medio para la formación de la persona y la consecución de los objetivos del Centro.

 

2. Constituirán faltas de disciplina todas las acciones que atentan contra:

*El normal funcionamiento de la vida escolar.

*El respeto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

*El trabajo escolar.

*La conservación del material y las instalaciones.

 

3. Los principios que han de regir en la aplicación de las correcciones serán:

 

• Educación: Cuando la comisión de una falta haga necesaria la adopción de medidas disciplinarias, las correcciones que se impongan deberán tener un carácter educativo y deberán contribuir al proceso general de formación y recuperación del alumno; por lo que en ningún caso dichas correcciones afectarán a su derecho a la educación y a la evaluación.

 

• Inmediatez: Para que las correcciones sean efectivas han de aplicarse lo más cercanas posibles al momento en que las faltas sean cometidas, de esta forma el alumno establecerá la asociación conducta- consecuencia.

 

• Proporción: La corrección ha de ser proporcionada a la falta, teniéndose en cuenta las circunstancias concretas que la rodeen.

 

• Consistencia: Las mismas conductas han de tener siempre las mismas consecuencias, sin perjuicio de los atenuantes y agravantes que concurran en aquellas.

 

• Interés general: A la hora de aplicar las correcciones se considerará la repercusión que las faltas tengan en el resto del alumnado y en sus derechos.

 

B. Clasificación de las faltas

 

Las faltas de disciplina se clasifican en conductas contrarias a las normas de convivencia (podrán ser leves o graves) y conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro.

 

B.1 Descripción de las faltas leves y aplicación de las correcciones:

 

1. Constituyen faltas leves aquellas conductas que perturban levemente las normas de convivencia.

 

2. En el caso de faltas leves, las correcciones deberán ir precedidas de una llamada de atención.

 

3. Para corregir estas faltas podrán aplicarse las siguientes sanciones:

 

  3.1. Amonestaciones verbales: Consistirán en avisos verbales o en llamadas de atención sobre la conducta constitutiva de falta del alumno; en la medida de lo posible se intentará que sea privada.

 

  3.2. Aviso a los padres: Consistirá en solicitar al alumno que comunique a los padres la amonestación verbal que se le ha hecho sobre la conducta objeto de falta mediante los instrumentos establecidos y que éstos se den por avisados de la amonestación firmando en dichos instrumentos. Con ello se persigue la información y la implicación de los padres en la corrección de las conductas.

 

  3.3. Amonestación escrita: El profesor informa por escrito a los padres, al tutor y al Jefe de Estudios sobre la falta cometida por el alumno, utilizando el modelo preparado para estos casos. Las amonestaciones por escrito serán acumulables y tres constituirán falta grave.

 

  3.4. Comparecencia ante el Jefe de Estudios: El profesor pedirá al alumno que se presente ante el Jefe de Estudios y le comente por qué ha sido enviado a él. En caso de no encontrarse disponible el Jefe de Estudios la comparecencia podrá realizarse ante cualquier otro miembro del Equipo

Directivo. Una vez realizada la comparecencia, el Jefe de Estudios, u otro miembro del Equipo Directivo, acompañarán al alumno a clase.

 

  3.5. Privación del recreo. Podrá ser impuesta por un profesor, por un tutor o por un miembro del Equipo Directivo. Esta corrección se realizará donde el profesor corrector determine y se responsabilizará de ella.

El profesor mandará al alumno que realice un trabajo durante este periodo del recreo. En ningún caso esta corrección superará los tres días por cada falta.

 

  3.6. Realización de trabajos. Se procurará que estos trabajos guarden relación con el tipo de conducta que se desea corregir. En general, la corrección de trabajos se usará por los profesores como sanción para los alumnos que cometan las faltas en su clase y preferiblemente para faltas de tipo académico.

 

4. Serán faltas leves las siguientes conductas:

  4.1. Las seis faltas de asistencia a clase no justificadas. Aplicará la corrección correspondiente el tutor del alumno. La corrección consistirá en una amonestación por escrito que será comunicada a los padres utilizando el modelo ha establecido el Centro.

 

  4.2. Las faltas de puntualidad se considerarán como retraso si no alcanzan los 8 minutos. Tres retrasos sin justificar tendrán la consideración de falta de asistencia. El retraso tendrá consideración de falta cuando supere los 8 minutos. El profesor de la materia será quien se encargue de anotar el retraso o la falta, en su caso.

 

  4.3. El deterioro no grave de las dependencias del Centro, de su material o de los objetos y pertenencias de la Comunidad Educativa causado intencionadamente. Se entiende por deterioro no grave el que no impide el normal uso del objeto deteriorado. Será competente para corregir al alumno, en este caso, el profesor que haya observado su conducta o/y el tutor. Amonestación verbal y comunicación del hecho al Equipo Directivo, quien, oído el alumno, podrá imponer una corrección consistente en reparar el objeto dañado o a sustituirlo por otro nuevo, en su caso, o correr con los gastos que se deriven de su arreglo. También puede privarle de un determinado número de recreos.

 

  4.4. Permanecer en el aula o en los pasillos durante el recreo. Cualquier profesor del Centro que descubra esta conducta podrá corregirla, amonestando verbalmente al alumno y comunicando esta circunstancia al tutor correspondiente. Cuando dicho tutor lo considere oportuno, debido a la reincidencia del comportamiento podrá emitir una amonestación por escrito.

 

  4.5. Abandonar injustificadamente el Centro durante los periodos lectivos, incluidos los recreos. Podrá corregir esta conducta cualquier profesor testigo de la misma enviando al alumno ante el Jefe de Estudios u otro miembro del Equipo Directivo. Éste, oído al alumno, comunicará la incidencia a los padres telefónicamente o por escrito, e incluso podría amonestar al alumno por escrito.

 

  4.6. Arrojar objetos al suelo en cualquier dependencia del Centro. Será competente para corregir esta conducta cualquier profesor que se percate de la misma, y lo hará amonestándole verbal y mandándole recoger los objetos tirados. En caso de reincidencia este comportamiento se pondrá en conocimiento del tutor, quien, oído al alumno, podrá corregirle amonestándole por escrito o mandándole que recoja los objetos tirados en una determinada dependencia del Centro.

 

  4.7. Pintar, escribir o ensuciar levemente las paredes o el mobiliario del Centro, sin que aparezcan expresiones groseras o irrespetuosas. Cualquier profesor que contemplase esta conducta será el encargado de corregirla amonestándole verbalmente y obligándole a que limpie la pared o el mobiliario ensuciado. En caso de reincidencia deberá poner en conocimiento del tutor esta circunstancia.

 

  4.8. Utilizar aparatos grabadores y reproductores, teléfonos móviles, alarmas sonoras y otros objetos que perturben el curso normal de las clases. El profesor que observe estas conductas corregirán, le amonestará verbalmente en primera instancia y le advertirá de que en caso de reincidencia le amonestará por escrito y/o se le incautará el aparato hasta que sus padres vengan a recogerlo.

 

  4.9. Comer y masticar chicles en clase. El profesor que en ese momento imparte clase deberá corregir al alumno amonestándole verbalmente en primera instancia y pidiéndole que desista en su comportamiento. En caso de mantener esta conducta, le hará comparecer inmediatamente ante el Jefe de Estudios, quién, después de oír al alumno, le advertirá de que si se repite esta acción, podrá ser amonestado por escrito.

 

  4.10. La actitud indiferente hacia las actividades del proceso de enseñanza – aprendizaje mantenida durante más de dos clases en una materia. El profesor de esta materia amonestará verbalmente al alumno en cada ocasión, podrá mandarle realizar trabajos relacionados con la materia y, al tercer día de observar la misma actitud, solicitará al alumno que comunique a sus padres que se le ha hecho varias amonestaciones verbales por ese motivo utilizando los instrumentos establecidos por el Centro, cuyo enterado éstos firmarán.

 

  4.11. Ignorar las llamadas de atención del personal docente y no docente del Centro. Será competente para corregir esta conducta el propio profesor, o el Equipo Directivo, una vez que éste haya recibido la comunicación correspondiente. Oído al alumno, se le exigirá que pida excusas a la persona que le llamó la atención y/o se le privará de salir al recreo durante un periodo determinado de días y se comunicará esta situación a los padres. Cuando, reiteradamente, el alumno no responda a las llamadas de atención, esta conducta tendrá la consideración de falta grave.

 

  4.12. No disponer del material necesario para su aprendizaje tras haber sido amonestado verbalmente por ello. Corresponde al profesor de la materia corregir en primera instancia al alumno. El profesor amonestará verbalmente al alumno y solicitará al alumno que comunique a sus padres dicha amonestación utilizando los instrumentos establecidos. Los padres firmarán su enterado.

 

  4.13. No guardar las debidas normas de seguridad establecidas en clase, utilizar el material o poner en funcionamiento aparatos sin la debida autorización del profesor. Éste será competente para corregir la conducta observada amonestándole verbalmente o por escrito.

  4.14. Ofender, insultar o desacreditar levemente a algún compañero será corregido por el profesor con una amonestación verbal y/o la realización de trabajos; si se reincidiera en este comportamiento, con una amonestación escrita.

 

  4.15. Hacer comentarios despectivos u ofensivos respecto a las materias, tareas o actividades encomendadas que impliquen falta de respeto implícita o explícita a los profesores y/o alumnos, o que su descrédito pueda generar en los alumnos desaprovechamiento de los mismos, se corregirá con una amonestación verbal y/o la realización de trabajos; en caso de reincidencia, con una amonestación escrita.

 

B.2. Descripción de las faltas graves y aplicación de las correcciones.

 

1. Constituyen faltas graves aquellas conductas que perturban gravemente las normas de convivencia. Los profesores implicados deberán dejar constancia de las mismas mediante amonestación escrita.

 

2. Todas las correcciones a aplicar como consecuencia de la comisión de faltas graves se establecerán una vez oídos el alumno, su tutor y, en su caso, los profesores afectados.

 

3. De las faltas graves cometidas y de las sanciones derivadas de su comisión para ser corregidas, habrá de darse cuenta por escrito a los padres de los alumnos.

 

4. Para corregir estas faltas podrán aplicarse las siguientes sanciones:

  4.1. Realización de tareas. Éstas deberán contribuir a la mejora y el desarrollo de las actividades del Centro o estarán dirigidas a reparar los daños causados en instalaciones, material o pertenencias de otros miembros de la Comunidad.

  4.2. Reposición o pago de materiales dañados. Cuando el daño en las instalaciones, materiales o pertenencias personales impliquen la reparación o la adquisición de los mismos, el alumno se hará cargo de los gastos derivados.

  4.3. Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias. Dependiendo de la gravedad de la conducta, la corrección afectará a una o más actividades.

  4.4. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases. Esta suspensión no superará las tres clases y durante este tiempo, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en su proceso formativo, bajo la supervisión de otro profesor .

  4.5. Realización de trabajos específicos en horario no lectivo. Estos trabajos guardarán relación directa con la falta cometida.

  4.6. Suspensión del derecho de asistencia al Centro. Esta corrección no superará los tres días y durante este periodo el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que los profesores de su grupo determinarán para evitar la interrupción en el proceso formativo.

 

5. Serán faltas graves las siguientes conductas:

  5.1. La acumulación de tres faltas leves. El Jefe de Estudios y el Director podrán aplicar cualquiera de las correcciones establecidas por la comisión de faltas graves, a excepción de la suspensión del derecho de asistencia al Centro que únicamente la podrá decidir el Director.

  5.2. Los actos de indisciplina, injuria u ofensa graves contra miembros de la Comunidad Educativa. Se incluyen entre estos la injurias u ofensas que tengan carácter racista. El tutor del alumno podrá proponer la suspensión del derecho del alumno a participar en actividades extraescolares determinadas o la realización de trabajos específicos en horario no lectivo relacionados con la falta cometida. De estas correcciones deberá quedar constancia por escrito en Jefatura de Estudios. Cuando las circunstancias lo aconsejen el Director podrá suspender al alumno del derecho de asistencia al Centro entre 1 y 3 días.

  5.3. Las agresiones físicas intencionadas como golpes, patadas, lanzamiento de objetos, empujones, de manera aislada y que no causen lesiones.

 

  5.4. La falta tipificada como leve, si concurren las circunstancias de colectividad y/o publicidad intencionada. Tanto el tutor como el Jefe de Estudios y el Director son competentes para corregir esta falta, privando a los alumnos implicados de participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias, mediante la realización de tareas o trabajos específicos en horario no lectivo.

 

  5.5. La interrupción de la correspondencia del Centro con la familia, la falsificación de documentos. El Jefe de Estudios y el Director del Centro podrán corregir esta conducta mandando al alumno que realice trabajos específicos fuera del horario lectivo o sancionándole con la privación del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias; y el Director podrá suspenderle del derecho a asistir a clase entre 1 y 3 días.

 

  5.6. Causar, por negligencia o por uso indebido, daños graves en los locales, material o documentos del Centro o en las pertenencias de otros miembros de la Comunidad Educativa, que dificulten el uso normal de los mismos y que su reparación o reposición supongan un gasto de hasta 150 euros. El tutor, el Jefe de Estudios y el Director podrán corregir esta falta con la realización de tareas que reparen los daños causados o con la reposición o el pago de los materiales dañados. El Jefe de Estudios y el Director podrán privar al alumno del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias del Centro, y el Director, privándole del derecho a asistir a clase entre 1 y 3 días.

 

  5.7. La acumulación de tres faltas leves por inasistencia a clase podrá dar lugar a una falta grave. El tutor, el Jefe de Estudios y el Director son competentes para corregir esta falta al alumno mandándole realizar trabajos específicos fuera del horario lectivo y el Jefe de Estudios y el Director mediante la privación del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias o mediante el cambio de grupo.

 

  5.8. Las faltas injustificadas de asistencia a clase darán lugar a faltas graves de acuerdo con el siguiente baremo:

- Doce faltas en las materias de cuatro horas semanales, acumulables durante todo el curso.

- Nueve faltas en las materias de tres horas semanales, acumulables durante todo el curso.

- Seis faltas en las materias de dos horas semanales, acumulables durante todo el curso.

 

El tutor, el Jefe de Estudios y el Director son competentes para corregir las faltas graves ocasionadas por la acumulación de faltas de asistencia mediante la realización de trabajos específicos fuera del horario lectivo, atendiendo las sugerencias del profesor de la materia implicada; asimismo, el Jefe de Estudios y el Director podrán privar al alumno del derecho a asistir a determinadas actividades extraescolares y complementarias.

Un alumno que falte al menos un 25 % del total de horas lectivas de una materia a lo largo del curso podrá perder el derecho a la evaluación continua en esa materia. Este 25 % se alcanzará cuando el alumno falte a clase 15 horas en las materias que se impartan dos horas semanales; 23 horas, en las materias de tres horas semanales; y 30 horas, en las materias de 4 horas semanales. Cuando el profesor de esa materia tenga constancia de ese número de faltas lo notificará al Jefe de Estudios. Éste, a su vez, informará al alumno y a sus padres de la situación originada y sus consecuencias.

Cada Departamento establecerá los sistemas extraordinarios de evaluación para los alumnos que acumulen el porcentaje de faltas indicado.

No obstante, el alumno será atendido como cualquier otro siempre que acuda a clase, pudiendo participar de todo el proceso educativo que en ella se desarrolle (incluidas la realización de actividades o pruebas), recibiendo del profesor toda la información que ello reporte al alumno en cuanto a su aprendizaje. Si bien, en ningún caso se le otorgarán notas válidas para su evaluación final, la cual se obtendrá únicamente de los sistemas extraordinarios anteriormente referidos.

 

B.3. Prescripción de las conductas contrarias a las normas de convivencia.

 

Las conductas contrarias a las normas de convivencia y que, por tanto, tengan la consideración de faltas leves o graves, prescribirán en el plazo de un mes contando a partir de la fecha de su comisión, salvo para el caso de faltas de asistencia injustificadas a efectos de pérdida del derecho a la evaluación continua. Las correcciones impuestas como consecuencia de estas conductas prescribirán a la finalización del curso escolar.

 

B.4. Descripción de las conductas gravemente perjudiciales para la

convivencia en el centro y aplicación de las correcciones.

1. No podrán corregirse las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro sin la previa instrucción de un expediente, que, tras la recogida de la necesaria información, acuerde el Director del centro, bien por su propia iniciativa o bien a propuesta del Consejo Escolar del centro.

 

2. Para corregir estas conductas podrán aplicarse las siguientes sanciones:

  2.1. Realización de tareas que impliquen un servicio a la comunidad. Estas tareas podrán ser, entre otras, limpieza del patio, mantenimiento de paredes, organización del almacén, restauración de mobiliario

  2.2. Reparación, reposición o pago de materiales dañados. Cuando el daño de las instalaciones, materiales o pertenencias impliquen la necesidad de que sean reparados, o sustituidos por otros nuevos, el alumno los reparará, si ello es posible, o en su caso, los repondrá haciéndose cargo de los gastos que conlleven.

  2.3. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases. Esta suspensión será durante un periodo superior a los cinco días e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.

  2.4. Cambio de clase.

  2.5. Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares o complementarias. Dada la gravedad de este tipo de conductas esta corrección afectará a las actividades extraescolares y/o complementarias programadas para el resto del curso.

  2.6. Suspensión del derecho de asistencia al Centro. Esta suspensión será durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.

  2.7. Cambio de Centro. Esta corrección se hará previo informe y aprobación de los Servicios de Inspección Educativa.

 

3. Serán conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro las siguientes:

  3.1. La acumulación de tres faltas graves dentro del periodo de un mes tendrá la consideración automática de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro.

 

  3.2. Los actos de indisciplina, injuria u ofensas muy graves contra los miembros de la Comunidad Educativa.

 

  3.3. La reiteración sistemática, en un mismo curso escolar, de conductas contrarias a las normas de convivencia del Centro.

 

  3.4. Las agresiones físicas graves contra los demás miembros de la Comunidad Educativa

 

  3.5. La discriminación grave por razón de género; extracción social o cultural y étnica; orientación sexual; convicciones políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

 

  3.6. La suplantación grave de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos.

 

  3.7. Los daños muy graves causados por uso indebido o intencionadamente en los locales, material o documentos del Centro o en los bienes de otros miembros de la Comunidad Educativa.

 

  3.8. Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del Centro.

 

  3.9. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la Comunidad Educativa del Centro, o la incitación a las mismas.

 

  3.10. La incitación sistemática al consumo de sustancias perjudiciales para la salud de los miembros de la Comunidad Educativa.

 

  3.11. El acoso e intimidación entre iguales.

 

  3.12. El incumplimiento de las sanciones impuestas.

 

4. El Consejo Escolar impondrá las correcciones enumeradas en el apartado anterior con arreglo al procedimiento previsto para la tramitación de los expedientes disciplinarios.

 

B.5.  Prescripción de las conductas gravemente perjudiciales para la

convivencia en el Centro.

Este tipo de conductas prescribirán en el plazo de cuatro meses, contados a partir de la fecha de su comisión. Las correcciones impuestas como consecuencia de estas conductas  prescribirán a la finalización del curso escolar.

 

1. Procedimiento para la tramitación de los expedientes disciplinarios.

A) La instrucción del expediente se llevará a cabo por un profesor del Centro designado por el Director, dicha incoación se comunicará a los padres, tutores o responsables del menor.

 

B) El alumno y, en su caso, sus padres o sus representantes legales podrán recusar al instructor ante el Director cuando su conducta o sus manifestaciones pueda inferirse falta de objetividad en la instrucción del expediente.

 

C) Excepcionalmente, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su instrucción, cuando las circunstancias lo aconsejen, el Director, por decisión propia o a propuesta, en su caso, del instructor, podrá adoptar las medidas provisionales que estime convenientes. Las medidas provisionales podrán consistir en el cambio temporal de grupo o en la suspensión del derecho de asistencia al Centro o a determinadas clases o actividades por un periodo que no será superior a cinco días. Las medidas adoptadas serán comunicadas al Consejo Escolar, que podrá revocarlas en cualquier momento.

 

D) La instrucción del expediente deberá acordarse en un plazo no superior a los diez días, desde que se tuvo conocimiento de los hechos o conductas merecedoras de corrección con arreglo al R.D. 732/1995.

 

E) Instruido el expediente se dará audiencia al alumno y, si es menor de edad, además a los padres o representantes legales de aquel comunicándoles en todo caso las conductas que se le imputan y las medidas de corrección que se proponen al Consejo Escolar del Centro. El plazo de instrucción del expediente no deberá exceder de siete días.

 

F) Se comunicará al Servicio de Inspección Técnica el inicio del procedimiento y le mantendrá informado de la tramitación hasta su resolución.

 

G) La resolución del procedimiento deberá producirse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de iniciación del mismo y contra la resolución del Consejo Escolar podrá interponerse recurso ordinario ante el Director Provincial, en los términos previstos en los arts. 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

H) El Consejo Escolar supervisará el cumplimiento efectivo de las correcciones en los términos en que hayan sido impuestas.

 

I) Podrá citarse a los padres, con carácter de urgencia, como condición previa a la instrucción del expediente, para evitar que la demora del procedimiento dificulte el efecto deseado de modificación en la conducta del alumno.

 

B.6. Eximentes, atenuantes y agravantes de la responsabilidad.

• Eximentes:

1. Enfermedades que supongan alteraciones de la conducta, dictaminadas por un especialista.

• Atenuantes:

1. Reconocimiento de la falta. Cuando el alumno reconozca su falta ante el profesor, el tutor o algún miembro del Equipo Directivo asumiendo su responsabilidad.

2. Inmadurez. Se considerará este atenuante sobre todo en alumnos menores de 14 años y excepcionalmente en el resto de los alumnos.

3. Falta de intencionalidad. Cuando el alumno cometa la falta sin intención de causarla (sobre todo se tendrá en cuenta en faltas de daños materiales).

• Agravantes:

1. Intencionalidad.

2. Reincidencia. Se considerará este agravante cuando se cometa la misma falta una segunda o más veces.

3. Colectividad. Cuando la comisión de la falta se ampare en un grupo.

4. Alarma social. Este agravante se considerará cuando la falta suscite alarma en el resto del alumnado.

 

B.7. Ámbito de aplicación.

Podrán corregirse, de acuerdo con lo dispuesto en este capítulo, los actos contrarios a las normas de convivencia del Centro realizados por los alumnos:

1. En el recinto escolar.

2. Durante la realización de actividades complementarias y extraescolares.

3. En las actuaciones que, aunque realizadas fuera del recinto escolar, estén motivadas o directamente relacionadas con la vida escolar y afecten a sus compañeros o a otros miembros de la Comunidad educativa.

 

 

4. COMISIÓN DE CONVIVENCIA

 

La Comisión de Convivencia del Centro depende del Consejo Escolar y es la encargada de dinamizar, realizar propuestas, evaluar y coordinar todas aquellas actividades del Plan de

Convivencia que, desde los distintos sectores de la Comunidad Educativa se propongan y puedan llevarse a cabo.

 

1. Composición.

La comisión de Convivencia del Centro MARÍA ZAMBRANO estará constituida al menos por el Director, el Jefe de Estudios, un padre de alumno, un profesor y un alumno.

 

2. Elección precisa de personas.

Los componentes de la Comisión de convivencia del centro MARÍA  ZAMBRANO son:

Director: Milagros Macías Jiménez

Jefe de Estudios: Isabel Arquellada Sáenz

Profesor: Pilar Jiménez Zambrana

Madre: Isabel  Barrera del Pozo

Alumno: David Pérez Márquez

 

3. Competencias.

A. Mediar en los conflictos originados por conductas graves y gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro.

 

B. Estudiar junto a la Dirección los casos graves y gravemente perjudiciales para la convivencia del Centro y asesorar al Equipo Directivo en las medidas correctores a adoptar en cada caso.

 

C. Proponer actividades para que sean incluidas en el Plan de Convivencia.

 

D. Ser informada de las actividades del Plan de Convivencia a realizar y participar en la toma de decisiones sobre su desarrollo.

 

E. Evaluar aquellas actividades que figuren en el Plan de Convivencia.

 

F. Ser informada mensualmente por Jefatura de Estudios de los casos en los que los alumnos han sido corregidos por observar conductas contrarias a las Normas de  Convivencia.

 

G. Elaborar un informe trimestral que recoja las incidencias producidas en este periodo, las actuaciones llevadas a cabo y los resultados obtenidos.

 

 

4. Infraestructura y recursos.

El despacho de Dirección será el lugar donde la Comisión de convivencia se reúna habitualmente.

La Dirección del Centro pondrá a disposición de la Comisión los medios que ésta demande para desarrollar su labor e intervenir en caso de conflictos relacionados con la convivencia.

 

 

 

 

 

 

5.  Periodicidad de reuniones.

La Comisión de convivencia se reunirá al menos al comienzo y al final de curso y una vez por trimestre.

Además se reunirá cuando la ocasión lo requiera para ser informada, consultada o se precise para tomar una decisión.

La convocatoria de estas reuniones deberá tener en cuenta la disponibilidad horaria de todos sus miembros para facilitar su asistencia.

 

6.  Información de las decisiones.

Las conclusiones y acuerdos tomados después de cada reunión de la Comisión de Convivencia podrá ser conocida por todos los sectores de la Comunidad Educativa a través de los comunicados que aquella realice.

De forma preceptiva, el Consejo Escolar, en sus reuniones periódicas,  recibirán toda la información que la Comisión de Convivencia genere.

 

7.  Coherencia en la aplicación de las normas.

La Comisión de Convivencia garantizará que las normas de convivencia se apliquen de  forma coherente por todos y con una finalidad esencialmente educativa.

 

 

 

 

5. MECANISMOS PARA LA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN     DEL PLAN

Entre las actividades que figuran en este Plan de convivencia, la primera se refiere a la presentación del Plan a todos los sectores de la Comunidad Educativa. Utilizando diferentes cauces: charlas coloquio dirigidas a los padres, Boletín Informativo para las Familias monográfico, sesiones del Claustro de Profesores, actividades específicas incluidas en el Plan de acción Tutorial…

La segunda actividad tiene que ver de alguna forma con su seguimiento al propiciar su revisión durante todo el curso.

Será la Comisión de Convivencia, quien en primera instancia realizará el seguimiento y una evaluación del Plan con una periodicidad trimestral, elaborando un informe que incluya todo lo ocurrido en cada trimestre en materia de convivencia, las actividades y actuaciones realizadas, su valoración y las propuestas para el periodo siguiente.

Asimismo, el Consejo Escolar participará del seguimiento y evaluación del Plan trimestralmente, pues analizará los informes que elabore la Comisión de Convivencia.